La nueva regulación de la UE eleva la protección frente a geo-blocking entre Estados miembros.

El pasado 22 de marzo entró en vigor la nueva normativa de la Unión Europea contra el geoblocking injustificado. Esta normativa tiene el objetivo de eliminar la discriminación por nacionalidad o lugar de residencia dentro del territorio europeo, de manera que los ciudadanos de la UE puedan acceder a los mejores bienes y servicios independientemente de su procedencia.

Se ha fijado un período de 9 meses (hasta el 3 de diciembre de 2018) para que tanto los comercios como los Estados miembros puedan tomar las medidas necesarias para adaptarse a esta nueva regulación. Se espera que esta iniciativa fomente el comercio online y genere nuevas oportunidades para que tanto consumidores como negocios puedan beneficiarse del mercado online europeo.

La Comisión Europea ha publicado un artículo en el que se exponen 10 argumentos clave para comprender mejor la nueva regulación y las medidas para su entrada en vigor. Estos puntos clave son los siguientes:

  • «Geo-discriminación»: Hasta ahora, determinadas páginas web impedían el acceso o la compra de productos a usuarios desde el extranjero. Con la nueva regulación se busca que los consumidores puedan acceder a la totalidad de bienes y servicios ofrecidos en los diferentes países miembros.
  • Acceso a interfaces online: La nueva regulación prohibe tanto el bloqueo de acceso a páginas como la redirección sin consentimiento del usuario.
  • Acceso a bienes y servicios: La regulación define una serie de situaciones específicas en las que no existe justificación para realizar geo-blocking. En estas, se debe garantizar el acceso a los consumidores desde cualquier localización dentro del territorio de la UE. Estas situaciones se dividen en la venta de productos sin entrega, la venta de servicios prestados por vía electrónica y  la venta de servicios proporcionados en una localización física específica.
  • No discriminación por razones de pago: Aunque los comerciantes son libres de escoger el medio de pago preferido, la nueva regulación no permite tratamiento diferente si se cumplen tres condiciones:
    • El pago se realiza por transferencia bancaria o o con tarjeta;
    • los requisitos de autenticación se cumplen;
    • los pagos se realizan en una divisa aceptada por el comerciante.
  • Discriminación en casos no contemplados por esta regulación: La no discriminación por nacionalidad se considera un principio fundamental dentro de la UE, por lo que situaciones que no estén contempladas en el marco de esta nueva regulación también pueden ser analizadas bajo el Artículo 20(2) de la Directiva de Servicios (2006/123/EC), que defiende la necesidad de criterios objetivos para diferencias de tratamiento de consumidores.
  • Servicios de contenido audiovisual y no audiovisual protegido por copyright: Estos servicios no estñan directamente recogidos en la regulación, pero si están sujetos a la prohibición de limitar el acceso a interfaces online en base a la localización del usuario.
  • Situaciones B2B y B2C: La nueva regulación aplica en caso de transacciones tanto B2B como B2C.
  • Asistencia a consumidores en caso de disputa con los comerciantes: Cada Estado Miembro debe designar agentes encargados de asegurar que está regulación sirva a los consumidores para protegerse del geo-blocking en los casos en los que no está permitido.
  • Aplicación de la regulación: Los Estados miembros deben designar agentes responsables para la adecuada y efectiva ejecución de la regulación. Además, tanto los negocios como los consumidores podrán reforzar sus derechos en relación a geo-blocking apoyándose en las normas existentes al respecto tanto en la UE como en los países miembros.
  • Entrada en vigor: La nueva regulación entró en vigor el 22 de marzo de 2018 y se aplicará a partir del 3 de diciembre de 2018.

Para más información acerca de nueva regulación sobre geo-blocking se puede acceder a un detallado Q&A realizado por la comisión europea a través de este enlace.

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